Modificaciones de lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de salud de los trabajadores con riesgo a exposición a CoVID – 19

El día 1 de julio, se aprobó la Resolución Ministerial N° 448 – 2020-MINSA: “LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL PARA LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19”.

En la presente, describimos brevemente las principales modificaciones de la normativa vigente con la finalidad de mejorar de la Vigilancia de la Salud de los trabajadores.

Lineamientos

7.1.4 El Plan debe incluir una guía de actividades, acciones e intervenciones en cumplimiento con los lineamientos según el Anexo 5:

  • Para el cumplimiento de este punto se implementó el Programa y Cronograma de actividades en relación al Plan de Vigilancia.
  • En el Anexo 4, se precisa la lista de chequeo de vigilancia de COVID-19, que ahora debe ser parte integraante de la estructura del Plan.
  • En el Anexo 5, señala que para el procedimiento del regreso y reincorporación al trabajo debe contener un flujograma adecuado al centro de trabajo.

7.2.2 Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o reincorporación al centro de trabajo

  • Fichas Sintomatológicas:
    Todos los trabajadores deben completar la Ficha de Sintomatología COVID-19 (Anexo 2) que será entregada por el empleador. Estas pueden ser entregadas de manera digital.
  • Toma de Temperatura Corporal:
    Control de Temperatura no es obligatorio en centros de trabajo con menos de 20 trabajadores Se le indicará la evaluación médica a todo trabajador que presente temperatura mayor a 38 C con síntomas respiratorios y deberá retornar a su domicilio para el aislamiento.
  • Pruebas Serológicas:
    En casos de riesgo ALTO Y MUY ALTO, la aplicación de pruebas serológicas o molesculares ES OBLIGATORIA.
    En caso de riesgo MEDIO Y BAJO, la aplicación de pruebas serológicas o molesculares NO ES OBLIGATORIA
    Aquellos trabajadores con ALTA EPIDEMIOLOGICA O PRUEBA POSITIVA, no se recomienda prueba molescular ni serológica (todo nivel de riesgo) para la reincorporación.
  • Casos Sospechosos:
    1. Evaluación por el responsable de la salud en el trabajo para identificas potenciales contactos.
    2. Comunicar a las autoridades de salud de su jurisdicción para el seguimiento de casos correspondientes.
    3. Brindar material informativo sobre prevención, medidas de higiene y cuidados en casa.
    4. Seguimiento clínico a distancia diario o interdiario para caso sospechoso o contacto directo.
    5. Los casos confirmados o contacto de un caso confirmado pasarán a aislamiento por 14 días y será el profesional de la salud quien gestiona o realiza la evaluación clínica para completar el aislamiento y fecha probable de alta respectiva.

7.2.4 Medidas preventivas de aplicación colectiva

  • Sensibilización:
    Antes o durante el retorno asegurar la capacitación de los trabajadores de medidas preventivas contra la COVID-19 de manera permanente
  • Ambientes:
    1. Ambientes adecuadamente ventilados (puertas y ventanas abiertas).
    2. Renovación cíclica del aire asegurando el mantenimiento continuo del aire acondicionado.
    3. Para el caso de comedores la distancia deberá ser de 2 mts, turnos para el personal o ingesta de alimentos en oficina
    4. Promoción del uso de medios digitales.
    5. Marcadores de asistencia deben ser de aproximación.
  • Trabajadores:
    En «Mujeres Gestantes» no se difiere el descanso prenatal, además priorizar trabajo remoto en las mujeres gestantes y en periodo de lactancia materna ; caso contrario no deberán estar ubicadas en áreas de exposición al público.
    El médico ocupacional determina que las trabajadoras gestantes que presenten alguna intercurrencia en el embarazo puedan permanecer o no en el trabajo, protegiendo la salud y la vida así como la culminación satisfactoria del embarazo.
  • Mascarillas:
    1. Riesgo Medio: Estandar mínimo de mascarillas quirúrgicas o la combinación de mascarillas comunitarias con caretas o protectores faciales
    2. Riesgo Bajo: uso de mascarilla comunitaria que puedan ser re utilizables o lavables, debiendo asegurar un mínimo de 3 unidades.

7.3 Consideraciones para el regreso y reincorporación al trabajo

7.3.4 Consideraciones para el regreso o reincorporación al trabajo del grupo de riesgo para CoVID – 19

Las modificaciones a los lineamientos, denotan el accionar por parte de las entidades responsables, ya que están adaptandose a los nuevos descubrimientos sobre esta enfermedad y trabajando para el mejoramiento de las medidas necesarias para el cuidado de los peruanos, como también para la re activación económica del país.

Miguel Herrera

Agradecimiento Dr. Yessenia Huapaya Caña por el apoyo en la información.